Ventajas de dar de alta el certificado digital

Cuando decides emprender y crear una PYME o hacerte autónomos, a veces no consideramos las ventajas de dar de alta el certificado digital como empresa. Pero la gestión de crear el certificado digital, apenas te ocupará un minuto y te permitirá ahorrarte tiempo y dinero. ¿Por qué dar de alta…
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Cuando decides emprender y crear una PYME o hacerte autónomos, a veces no consideramos las ventajas de dar de alta el certificado digital como empresa. Pero la gestión de crear el certificado digital, apenas te ocupará un minuto y te permitirá ahorrarte tiempo y dinero.

¿Por qué dar de alta el certificado digital?

En el momento que iniciamos la actividad económica como empresarios, estamos obligados a mantener una relación estrecha con la administración pública. Ya sea para presentar la facturación en la Agencia Tributaria o en el Registro Mercantil, como en gestionar las cuotas de autónomo con la Seguridad Social.

Para gestionar cualquiera de estos trámites u otros similares con la administración no requieren de un certificado digital. Pero el disponer de este archvio, nos ahorrará tiempo y, a veces, dinero. Y es que las tasas de algunos trámites, al tramitarlos online, o están exentas o se paga un precio muy inferior al de los trámites presenciales.

Además, el certificado digital es imprescindible si se quiere acceder a subvenciones o ayudas especiales para PYMES y autónomos como por ejemplo las ayudas Acelera PYME.

El certificado digital y la facturación electrónica

No es ninguna novedad el hecho de que, en el 2023, se obligará a empresas y autónomos a facturar electrónicamente. Ya hemos hablado en Winfor de la ley Crea y Crece y de como afectara esta norma a las PYME. Con su entrada en vigor, será necesario realizar los trámites con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), de forma telemática. Por tanto, será imprescindible disponer de una herramienta como el certificado digital para poder autentificarse y realizar el trámite.

Este factor será determinante para entender la importancia de que los trabajadores por cuenta propia dispongan del certificado digital. Permitirá poder gestionar de forma telemática, sencilla y sin trabas burocráticas, cualquier trámite relacionado con su actividad y con la Administración.
La obtención del certificado es sencilla y está disponible tanto para autónomos como para entidades jurídicas como PYME o empresas.

Dar de alta el certificado digital como autónomo

Para poder dar de alta el certificado digital como autónomo, persona física, basta con acceder a la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre–Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM), a través de CERES (Certificación Española). Allí podrás solicitar el certificado digital mediante el proceso de software o bien mediante tu DNI electrónico.

 

el certificado digital

 

Si optas por darte de alta mediante el software, deberás instalar el programa en tu ordenador y seguir los pasos para poder recibir en tu correo electrónico un código de solicitud. Este código será el que te pidan en la oficina de acreditación de identidad para poder solicitar tu certificado. En la oficina, deberás identificarte y automáticamente recibirás por correo electrónico un enlace donde descargar tu certificado digital y ya podrás proceder a su instalación.

Si optas por obtener el certificado mediante tu DNI electrónico, no hará falta que te muevas de la oficina. Bastará con tener instalado en tu ordenador un software criptográfico DNIe y una vez hayas seguido los pasos, recibirás un correo electrónico en el que te informarán que ya puedes descargar el certificado.

Dar de alta el certificado como PYME

Si lo que deseas hacer es crear un certificado digital para una entidad jurídica, deberás acudir al mismo web que hemos mencionado anteriormente. Sin embargo, en este caso, debes saber que la FNMT-RCM emite tres tipos de certificados diferentes:

  • Certificado de entidades sin personalidad jurídica: Está destinado a personas físicas que son representantes de asociaciones, comunidades de bienes, comunidad de propietarios, fondos de inversiones o uniones temporales de empresas, entre otros. Requiere de un proceso de solicitud igual que el de la persona física cuando lo realiza por software y no tiene coste alguno.
  • Certificado de Representante para Persona Jurídica: este certificado se emite cuando los representantes de la entidad no sean Administradores únicos o solidarios. Este trámite tiene un coste de catorce euros, se tiene que rellenar el formulario de la web y acudir a las oficinas de la AEAT para acreditar la identidad- Pasados dos días, recibirás un correo donde poder descargar el certificado.
  • Certificado de Representante de Administrador único o solidario: está destinado a sociedades anónimas o limitadas con un único administrador. Requiere de los mismos trámites que el anterior, pero con un coste de veinticuatro euros. El certificado tiene una validez de dos años.

Si sigues estos pasos, podrás obtener tu certificado digital para tu empresa o PYME y prepararte para la facturación electrónica, así como realizar trámites en menor tiempo.

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